Ayudas a galerías de arte para la presencia en ferias fuera de Cantabria
Organismo responsable
Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico
Objetivos
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, a Galerías de arte para la presencia en ferias fuera de Cantabria, para la realización de actividades del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
Descripción
Sólo se subvencionará la participación de galerías de arte en ferias de arte celebradas fuera del ámbito territorial de Cantabria. En ningún caso será objeto de esta subvención la organización de ferias de arte. A los efectos de esta convocatoria se entienden como galería de arte las personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal la exposición abierta al público de obras de arte con una finalidad comercial.
El número de proyectos a subvencionar se limita a 5 por peticionario, por lo que se deberán presentar 5 solicitudes distintas.
Publicación BDNS
734391
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los empresarios individuales o las personas jurídicas privadas con forma societaria, titulares de galerías de arte, que desarrollen su actividad y tengan su domicilio fiscal en Cantabria. Deberán asimismo estar dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en la actividad para la que solicitan la subvención.
Conceptos susceptibles de ayudas
Participación de Galerías de arte en ferias de arte celebradas fuera del ámbito territorial de Cantabria
Las ferias de arte a las que se acuda y para las que se solicite subvención deben ser de reconocido prestigio tanto de carácter nacional como internacional, facilitando de esta manera la presencia de creadores de Cantabria o domiciliados en Cantabria en estas ferias.
Cuantía
La cuantía individual no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, ni la cantidad de 10.000 euros.
La cuantía de la subvención individual, será proporcional a la puntuación obtenida según los criterios de valoración establecidos en la convocatoria.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de la convocatoria.
Organismo responsable y contacto
Estado
Pendiente