Ayudas al cine, tanto de producción como de desarrollo de largometrajes y series audiovisuales
Organismo responsable
Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L.
Objetivos
El objeto de estas ayudas es contribuir a la producción de largometrajes cinematográficos o series de televisión, tanto de ficción, como animación o documentales que reúnan los requisitos previstos en las mismas.
Descripción
Las obras audiovisuales deberán reunir la condición de largometrajes o series de televisión (de ficción, documental o animación):
– Por largometraje cinematográfico de ficción, documental o animación se entiende toda obra audiovisual fijada en cualquier medio o soporte, en cuya elaboración quede definida la labor de creación, producción, montaje y postproducción y que esté destinada, en primer término, a su explotación comercial en salas de cine y cuya duración sea superior a 60 minutos.
– Por series de televisión se entiende la obra audiovisual formada por un conjunto de episodios de ficción, animación o documental con o sin título genérico común, destinada a ser emitida o radiodifundida por operadores de televisión de forma sucesiva y continuada, pudiendo cada episodio corresponder a una unidad narrativa o tener continuación en el episodio siguiente.
La suma de la duración de estos episodios deberá dar como resultado al menos 180 minutos.
Deberán reunir los requisitos necesarios para la obtención del certificado de nacionalidad española del Instituto de las Artes Audiovisuales y Cinematográficas del Ministerio de Cultura y Deporte (ICAA).
Deberán contar como mínimo en dos de los seis puestos siguientes, con al menos una persona que tenga su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Cantabria: producción, dirección, guion, composición de música original, dirección de fotografía y jefatura de montaje.
En el caso de obras de animación, los proyectos deberán contar como mínimo en dos de los seis puestos siguientes, con al menos una persona que tenga su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Cantabria: producción, dirección, guion, composición de música original, dirección de animación y dirección de arte.
Publicación BDNS
771893, 771869
Personas beneficiarias
Personas físicas o jurídicas constituidas como productoras audiovisuales independientes, que acrediten contar con establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Cantabria, antes de la fecha de publicación del extracto de convocatoria de la ayuda en el Boletín Oficial de Cantabria.
Por productor independiente se entiende lo establecido en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
En el caso de coproducciones entre una o más personas físicas o jurídicas, solo podrán ser beneficiarias aquellas partícipes que individualmente reúnan los requisitos previstos para ello en estas bases, debiendo acreditarse que ostentan al menos un 10% de la titularidad de la obra.
Las Agrupaciones de Interés Económico (AIE) podrán ser beneficiarias de la ayuda, siempre que al menos uno de los socios reúna las condiciones de productor independiente inscrito en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, con domicilio fiscal o establecimiento permanente en Cantabria desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria de la ayuda en el Boletín Oficial de Cantabria.
Cuantía
Cada convocatoria fijará la cuantía máxima de ayuda que podrán recibir los proyectos presentados, que podrá alcanzar hasta un importe máximo el 75% del crédito destinado a financiar la convocatoria. La cuantía máxima de las ayudas que pueden reconocerse no podrá superar el 50% del presupuesto del proyecto seleccionado, salvo las declaradas obras difíciles. La cuantía individualizada que corresponda a las empresas que puedan reunir la condición de beneficiarias en el caso de coproducciones, se calculará en función del porcentaje que suponga en el total del proyecto, y el compromiso de gasto asumido por cada una de ellas.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Organismo responsable y contacto
Estado
Pendiente