Ayudas emprender proyectos industriales (EMPRECAN PLUS – SODERCAN)
Organismo responsable
Sociedad para el desarrollo regional de Cantabria, S.A. (SODERCAN)
Objetivos
La línea de subvenciones del programa Emprecan Plus tiene como finalidad favorecer y apoyar las distintas actuaciones llevadas a cabo por empresas de reciente creación para ayudar al desarrollo de nuevas iniciativas emprendedoras, potenciar las capacidades del sistema cántabro de I+D y consolidar la actividad empresarial.
Descripción
Línea 1. Formación Continua Especializada. Ayudas destinadas a fomentar la formación especializada en habilidades técnicas de las distintas áreas funcionales de la empresa.
Línea 2. Gastos de Constitución. Ayudas para la financiación de los gastos generados en la constitución.
Línea 3. Gastos de Puesta en Marcha. Ayudas para la financiación de los gastos de puesta en marcha.
Línea 4. Activos Fijos. Ayudas para la financiación de activos fijos.
Publicación BDNS
778869
Personas beneficiarias
Podrán obtener la condición de persona beneficiaria las empresas o autónomos/as, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud y sean titulares en Cantabria de una actividad económica y cumplan el resto de los requisitos establecidos a continuación. Para el caso de sociedades, la fecha de constitución y el inicio de actividad elegible a desarrollar deberá ser igual o posterior al 1 de enero de 2022. En el caso de empresarios/as individuales (autónomos/as), la actividad elegible a desarrollar deberá haberse iniciado a fecha igual o posterior al 1 de enero de 2022. En ambos casos para determinar la fecha de inicio en la actividad elegible se tendrá en cuenta la fecha de presentación del alta de dicha actividad en el modelo 036 o 037, según corresponda, de la AEAT.
Conceptos susceptibles de ayudas
Línea 1. Formación Continua Especializada. Se considerarán como costes elegibles los correspondientes a aquellas actuaciones de formación especializada en habilidades técnicas de las distintas áreas funcionales de la empresa que no hayan sido presentadas/bonificadas ante la Fundación Estatal para la Formación en el EMPLEO (FUNDAE).
Línea 2. Gastos de Constitución. Se considerarán como costes elegibles los derivados de la tramitación de la constitución de la sociedad (registro, notaría, asesoría). Quedan excluidos de esta línea los gastos incurridos por empresarios/as individuales (personal autónomo/mutualistas).
Línea 3. Gastos de Puesta en Marcha. Los gastos considerados como elegibles deberán estar relacionados con alguno de los siguientes conceptos: Gastos de alquiler de las instalaciones, gastos correspondientes al registro de marcas comerciales, diseño de la identidad corporativa, diseño de la página web corporativa, diseño y fabricación de preseries y prototipos no comercializables, relacionados con la actividad elegible, aspectos del plan de marketing asociados al empleo de internet y nuevas tecnologías, costes de las acreditaciones necesarias para el desarrollo de la actividad elegible, costes derivados de la solicitud de patentes y modelos de utilidad (tasas y asistencias técnicas), contratación de servicios mediante el modelo SaaS
Línea 4. Activos Fijos. Los conceptos de inversión elegibles serán los activos fijos relacionados con los siguientes conceptos objeto de la inversión:
Inmovilizado material, excepto la adquisición de terrenos y edificaciones:
Instalaciones técnicas, bienes de equipo, trabajos para el acondicionamiento de las instalaciones, maquinaria, utillaje, mobiliario, equipos para el proceso de la información, la adquisición de matrices, troqueles y moldes, otro inmovilizado material.
Inmovilizado inmaterial: Propiedad Industrial, aplicaciones informáticas, desarrollo de plataformas software (ecommerce, educativas…), trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos.
Cuantía
Línea 1. Formación Continua Especializada: del 60% de los gastos considerados como elegibles, con una ayuda máxima de 2.100€ por empresa.
Línea 2. Gastos de Constitución: del 100% de los gastos considerados como elegibles con un límite de ayuda máxima de 500€ por empresa.
Línea 3. Gastos de puesta en marcha: del 60% de los gastos considerados como elegibles con una ayuda máxima de 15.000€ por empresa.
Línea 4. Activos Fijos: del 50% de los gastos considerados como elegibles con una ayuda máxima de 50.000€ por empresa.
Plazo
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará y finalizará en las fechas fijadas en el extracto de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de Cantabria.
Organismo responsable y contacto
Información adicional
Cada solicitante podrá presentar como máximo una solicitud en la presente convocatoria. La empresa solicitante sólo podrá ser beneficiaria por cada línea una única vez en el marco del presente programa.
Documentos adjuntos