Ayudas para estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas
Organismo responsable
Dirección General de Ganadería
Objetivos
Régimen de ayudas para incentivar prácticas de cebo y sacrificio asociadas a la calidad de los terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de las explotaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, inscritos en el Registro de Identificación Individual de animales (RIIA) como perteneciente a dichos razas o morfotipos.
Descripción
La finalidad de la presente ayuda es la de incentivar el cebo en pureza de terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de Cantabria.
Personas beneficiarias
Titulares de explotaciones de ganado bovino y/o equino, ya sean personas físicas o jurídicas, incluidas las Sociedades Cooperativas y las Sociedades Agrarias de Transformación, ubicadas en Cantabria, e inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas ( REGA ), que mantengan alguna de las razas locales amenazadas de las explotaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con la Haciendas Estatal, Autonómica y frente a la Tesorería General Seguridad Social.
Deben tratarse de explotaciones que cumplen la normativa legal en vigor en materia de medio ambiente, bienestar y sanidad animal e identificación y registro de animales. Por ello, no podrán haber sido objeto de sanción firme, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
Conceptos susceptibles de ayudas
Las ayudas se concederán por animal elegible y año. Serán animales elegibles los bovinos machos sacrificados con una edad mínima de 7 meses y 110 kg/canal de las razas o morfotipos señaladas. La edad máxima de sacrificio, a efectos de elegibilidad, será de 16 meses para el ganado vacuno.
En el caso del ganado equino, se concederán por animal elegible y año. Serán animales elegibles los equinos machos con una edad mínima de 10 meses y un peso al sacrificio de 90 kg/canal de las razas señaladas. La edad máxima de sacrificio a efectos de elegibilidad será de 18 meses.
Cuantía
Los criterios de cuantificación de esta ayuda serán los siguientes:
— 300 euros por cada ternero o potro elegible hasta los cinco primeros animales sacrificados.
— 250 euros por cada ternero o potro elegible desde el sexto hasta el décimo quinto animal sacrificado.
— 200 euros por cada ternero o potro elegible desde el décimo sexto hasta el vigésimo quinto animal sacrificado.
La ayuda máxima por solicitante no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 6.000 euros por año.
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria hasta el 31 de agosto.
Organismo responsable y contacto
Información adicional
Podrán incluirse en la solicitud de ayuda todos los animales que cumplan las condiciones de elegibilidad y hayan sido sacrificados desde el 1 de septiembre del año anterior al de solicitud.
Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda o subvención destinada a las mismas finalidades, procedente de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismo internacionales.
Documentos adjuntos
Estado
Pendiente