Ayudas para estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas
Organismo responsable
Dirección General de Ganadería
Objetivos
Régimen de ayudas destinado a incentivar prácticas de cebo y sacrificio asociadas a la calidad de los terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de los titulares de las explotaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, inscritos en el Registro de Identificación Individual de los Animales (RIIA) como pertenecientes a dichas razas.
Publicación BDNS
746174
Personas beneficiarias
Podrá ser beneficiario de las ayudas reguladas por la presente Orden, cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sea titular de una explotación ganadera de vacuno y/o equino, sita en Cantabria y que se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con las haciendas estatal, autonómica y frente a la Seguridad Social.
Además, debe tratarse de explotaciones que cumplan la normativa legal en vigor dictada por la Consejería, en materia de medio ambiente, higiene, bienestar y sanidad animal e identificación y registro de animales. Igualmente, no podrán haber sido objeto de sanción, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
Conceptos susceptibles de ayudas
Las ayudas se concederán por animal elegible y año. Serán animales elegibles los bovinos machos sacrificados con una edad mínima de 7 meses y 110 kg/canal de las razas señaladas. La edad máxima de sacrificio, a efectos de elegibilidad, será de 16 meses para el ganado vacuno.
En el caso del ganado equino, se concederán por animal elegible y año. Serán animales elegibles los equinos machos con una edad mínima de 10 meses y un peso al sacrificio de 90 kg/canal de las razas señaladas. La edad máxima de sacrificio a efectos de elegibilidad será de 18 meses.
Cuantía
Los criterios de cuantificación de esta ayuda serán los siguientes:
— 300 euros por cada ternero o potro elegible hasta los cinco primeros animales sacrificados.
— 250 euros por cada ternero o potro elegible desde el sexto hasta el décimo quinto animal sacrificado.
— 200 euros por cada ternero o potro elegible desde el décimo sexto hasta el vigésimo quinto animal sacrificado.
La ayuda máxima por solicitante no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 6.000 euros por año.
Plazo
Se incluyen dentro de la Solicitud única las siguientes líneas de ayudas:
A) Las siguientes intervenciones en forma de pagos directos financiados por el FEAGA:
a) Los pagos directos disociados para los solicitantes que cumplan los requisitos exigibles según lo establecido para cada una de las ayudas en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Estos pagos directos disociados comprenden las siguientes ayudas:
1º) Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (en lo sucesivo, «ayuda básica a la renta»).
2º) Ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad (en lo sucesivo, «pago redistributivo»).
3º) Ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras (en lo sucesivo, «pago a jóvenes»).
4º) Regímenes a favor del clima y el medio ambiente:
— Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos húmedos
— Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos mediterráneos
— Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano
— Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo
— Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío
— Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos
— Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media
— Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales
— Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes
b) Los pagos directos asociados para los solicitantes que cumplan los requisitos exigibles según lo establecido para cada una de las ayudas en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Estos pagos directos asociados comprenden las siguientes ayudas:
1º) Pagos directos asociados a los agricultores:
— Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan Proteico.
— Ayuda asociada a la producción sostenible de arroz.
— Ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera.
— Ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para transformación.
— Ayuda asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación.
— Ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa.
— Pago específico al cultivo del algodón.
— Ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental.
2º) Pagos directos asociados a los ganaderos:
— Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne.
— Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento.
— Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros.
— Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca.
— Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne.
— Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra.
— Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortícolas.
B) En régimen de concurrencia competitiva, las siguientes intervenciones para el Desarrollo rural asimiladas al Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC), cofinanciadas por el FEADER:
a) Intervención Agroambiental 6505.1 SIGC, Compromisos de conservación de recursos genéticos.
b) Intervención Agroambiental 6503 SIGC, Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica.
c) Intervención Agroambiental 6504 SIGC, Compromisos para bienestar y sanidad animal.
d) Intervención 6613 SIGC, Ayudas a Zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.
e) Intervención Agroambiental 6501.3 SIGC, Compromisos de fomento y gestión sostenible de pastos.
f) Intervención Agroambiental 6501.4 SIGC, Apicultura para la biodiversidad.
g) Intervención Agroambiental 6501.6 SIGC, Mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad.
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