Ayudas para la conservación y promoción de razas autóctonas
Organismo responsable
Dirección General de Ganadería
Objetivos
Se trata de ayudas destinadas a promover la conservación y cría de animales pertenecientes a razas puras de aptitud cárnica o de aptitud mixta en las explotaciones de ganado ovino y caprino de la Comunidad Autónoma que practican el pastoreo extensivo.
Descripción
Podrán recibir esta ayuda las explotaciones que mantengan un censo de razas puras de aptitud cárnica o de aptitud mixta en las explotaciones de ganado ovino y caprino, siempre y cuando se trate de razas incluidas en el catálogo oficial de razas autóctonas de fomento o en peligro de extinción con asociación reconocida en Cantabria y realicen un programa de mejora reconocido oficialmente. Además, solo podrán ser elegibles los animales que se hallen inscritos en RIIA (Registro General de Identificación Individual de Animales) y en el libro genealógico de la raza pura correspondiente.
Solo serán subvencionables los animales inscritos en el registro genealógico correspondiente a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Publicación BDNS
821780
Personas beneficiarias
Podrá tener la condición de beneficiario cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sean titulares de una explotación ganadera de ovino o caprino, sita en Cantabria.
Conceptos susceptibles de ayudas
Las ayudas se concederán por animal elegible y año. Serán animales elegibles los ovinos o caprinos de raza pura de aptitud cárnica o aptitud mixta inscritos en los libros genealógicos a fecha de finalización del plazo de solicitud.
Será animal elegible el reproductor o el de edad superior a un año. Su conversión a Unidad de Ganado mayor (UGM) será la establecida en el anexo 1 del Reglamento de ejecución (UE) 2016/669 de la Comisión, de 28 de abril de 2016, que modifica el Reglamento de ejecución (UE) 808/2014 equivaliendo cada animal elegible a 0,15 UGM.
Cuantía
Los criterios de cuantificación de esta ayuda serán los siguientes:
- 200 euros por cada UGM elegible hasta las 10 primeras.
- 150 euros por cada UGM elegible por encima de 10 y hasta 20 UGM.
- 100 euros por cada UGM elegible por encima de 20 y hasta alcanzar la cuantía máxima de la ayuda por solicitante.
La ayuda máxima por explotación no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 5.000 euros por año. No se concederá ayuda a solicitudes que no alcancen un mínimo de 14 animales elegibles.
Plazo
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Organismo responsable y contacto
Información adicional
Las ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda o subvención destinada a las mismas finalidades, procedente de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismo internacionales.
Las ayudas se concederán a través del procedimiento ordinario de concurrencia competitiva.
Documentos adjuntos