Ayudas para la implantación de calderas de energía renovable térmica
Organismo responsable
Dirección General de Industria, Energía y Minas
Objetivos
Promover e incentivarán inversiones que deberán alcanzar como objetivo instalar en Cantabria, al menos, 3,6 MW de potencia térmica renovable
Descripción
Con estas ayudas se pretende promover el despliegue e incorporación de las energías renovables térmicas en los sectores de la economía, incluyendo el sector residencial, y el sector público, de forma que éstos contribuyan a la consecución del objetivo de descarbonización de la economía a la par que consolidan su competitividad en el mercado, se promueve este real decreto, que tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como la aprobación de dos programas de incentivos, para la implantación de instalaciones renovables térmicas.
Publicación BDNS
655273
Personas beneficiarias
Se considerarán como personas beneficiarias de las ayudas los siguientes sujetos, siempre que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:
– Personas físicas.
– Personas jurídicas.
– Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
– Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.
Conceptos susceptibles de ayudas
Se consideran actuaciones subvencionables todas aquellas actuaciones encaminadas a la implantación de nuevas instalaciones térmicas renovables, ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes que abastezcan cualquiera de las siguientes aplicaciones o un conjunto de ellas que, con carácter orientativo y no limitativo, se relacionan a continuación:
– Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios: agua caliente sanitaria, calefacción, refrigeración, climatización de piscinas, bien directamente o bien a través de microrredes de distrito de calor y/o frío.
– Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas: ebullición, esterilización, limpieza, secado, lavado, blanqueamiento, vaporizado, decapado, cocción, lixiviación, baños térmicos para tratamiento de superficies, abastecimiento de servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso Industrial, ganado e invernaderos, etc.
– Las tecnologías a subvencionar son:
– Solar térmica
– Geotermia
– Aerotermia
– Hidrotermia
– Biomasa
– Microrredes de distrito de calor y/o frío.
Los requisitos específicos de las actuaciones subvencionables, requisitos técnicos a cumplir y los costes elegibles serán los indicados en el Anexo I del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre.
Cuantía
El importe de la ayudas depende de varios factores y se calcula mediante una fórmula que tiene en cuenta la tecnología que se subvenciona, la potencia de la misma y otros factores. Una vez se obtiene dicho cálculo a ese importe se le aplicará un 45% que será el importe que se subvencione (anexo III del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre)
Plazo
Hasta el 31/07/2024
Organismo responsable y contacto
Información adicional
https://dgicc.cantabria.es/ayudas-renovablestermicas
Documentos adjuntos