Ayudas para la promoción de razas puras de ganado bovino de carne
Organismo responsable
Dirección General de Ganadería
Objetivos
La ayuda tiene por finalidad promover la cría de animales pertenecientes a razas puras de aptitud cárnica en las explotaciones de ganado bovino de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Descripción
Podrán recibir esta ayuda las explotaciones recríen e inscriban en Libro Genealógico correspondiente un número de hembras que supere la “tasa de reposición estimada”, siempre y cuando se trate de razas incluidas en el catálogo oficial de razas ganaderas de España con asociación reconocida en Cantabria y realicen un programa de mejora reconocido oficialmente. Además, solo podrán ser subvencionables los animales que se hallen inscritos en RIIA (Registro General de Identificación Individual de Animales).
Publicación BDNS
815121
Personas beneficiarias
Podrá ser beneficiario cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sean titulares de una explotación ganadera de vacuno, sita en Cantabria.
Deberá de tratarse, además, de explotaciones que cumplen la normativa legal en vigor dictada por la Consejería, en materia de medio ambiente, higiene, bienestar y sanidad animal e identificación y registro de animales. Igualmente, no podrán haber sido objeto de sanción, con falta grave o muy grave, por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
Conceptos susceptibles de ayudas
Las ayudas se concederán por animal subvencionable y año. Serán animales subvencionables los bovinos de raza pura de aptitud cárnica o aptitud mixta inscritos en los libros genealógicos en el ejercicio objeto de la ayuda que se recríen en la explotación de nacimiento una vez superada la tasa de reposición correspondiente a estas razas.
Cuantía
Los criterios de cuantificación de esta ayuda vendrán determinados por la tasa de reposición de la raza y el número de hembras que una vez superada la misma se inscriban en el libro genealógico.
La “tasa de reposición estimada” para las razas objeto de la ayuda se establece en un 10% de las hembras inscritas mayores de 30 meses.
El importe será de 200 euros por hembra inscrita entre el 10% y el 25% del censo de hembras mayores de 30 meses inscritas
La ayuda máxima por explotación no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 5.000 euros por año.
Plazo
Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria por el plazo de un mes.
Organismo responsable y contacto
Documentos adjuntos