Ayudas para la realización de actividades y proyectos culturales
Organismo responsable
Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico
Objetivos
La ayuda tiene por objeto subvencionar la realización de actividades y proyectos culturales dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Descripción
Se establecen las siguientes modalidades de subvención:
A.- Ayudas para el fomento y la difusión de las artes plásticas, destinada a creadores y comisarios.
B.- Ayudas a los espacios culturales dedicados a las artes escénicas y a la proyección cinematográfica, así como a los espacios culturales dedicados a la exposición de artes plásticas.
C.- Ayudas para la organización de ferias, festivales y otros eventos culturales análogos.
D.- Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria: Ayudas para la realización de actividades culturales.
E.- Asociaciones y Fundaciones privadas: Ayudas para la realización de actividades culturales.
Para la modalidad B solo se podrá presentar una única solicitud por espacio, en el resto de modalidades, cada peticionario podrá solicitar como máximo 2 proyectos.
Publicación BDNS
734787
Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o las personas jurídicas privadas con forma societaria, que tengan su domicilio fiscal en Cantabria, que desarrollen su actividad en Cantabria, así como las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que cumplan con los requisitos establecidos para cada modalidad en la convocatoria.
El domicilio fiscal y la actividad subvencionable se debe desarrollar en su totalidad en Cantabria, sin perjuicio de la posibilidad de realizar alguna actividad fuera de Cantabria.
Será necesario que los interesados estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E) en el sector de actividad relacionado con el objeto de la subvención de conformidad con lo previsto en la correspondiente convocatoria para cada modalidad de subvención.
Conceptos susceptibles de ayudas
Cada convocatoria podrá determinar los gastos susceptibles de ayuda.
Cuantía
Los criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones serán los siguientes:
La subvención no superará el 90 % del coste de la actividad subvencionada, y, en todo caso, no sobrepasará las siguientes cantidades:
Modalidad A.: 5.000 euros.
Modalidad B:
— 20.000 euros en el caso de las ayudas a los espacios culturales dedicados a las artes escénicas.
— 15.000 euros en el caso de ayudas a los espacios dedicados a la proyección cinematográfica.
— 10.000 euros en el caso de las ayudas a los espacios culturales dedicados a la exposición de artes plásticas.
Modalidad C: 5.000 euros.
Modalidad D: 30.000 euros.
Modalidad E: 20.000 euros.
Para obtener subvención será necesario haber alcanzado en cada solicitud presentada, al menos, 45 puntos por proyecto según los criterios de valoración previstos en la correspondiente convocatoria.
La cuantía de la subvención será proporcional a la puntuación obtenida; estando, en todo caso, limitada por la subvención solicitada por la entidad beneficiaria para cada proyecto presentado.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el 100% del coste del proyecto subvencionado.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de la convocatoria.
Organismo responsable y contacto
Estado
Pendiente