Programa de Protocolo Familiar en las Pymes
Organismo responsable
Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria. SODERCAN
Objetivos
Apoyar el relevo generacional en empresas familiares y el proceso para diseñar un plan de relevo generacional, logrando una sucesión ordenada que garantice su sostenimiento y reduzca el porcentaje de disoluciones por falta de sucesión empresarial.
Descripción
Esta línea de subvenciones tiene como finalidad regular la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar el relevo generacional en empresas familiares y el proceso para diseñar un plan de relevo generacional, logrando una sucesión ordenada que garantice su sostenimiento y reduzca el porcentaje de disoluciones por falta de sucesión empresarial, a través de la realización de un diagnóstico empresarial al efecto, para la realización de Protocolos de Empresa Familiar o Planes Estratégicos Familiares (PEFs) en los que se regulen las relaciones profesionales, económicas y familiares en la empresa con la finalidad de asegurar su continuidad a través de sucesivas generaciones familiares o bien, la profesionalización externa de la gestión de la empresa familiar.
Publicación BDNS
816345
Personas beneficiarias
Podrán tener la condición de personas beneficiarias de las ayudas reguladas en esta convocatoria las empresas de ámbito familiar que desarrollen su actividad en la industria, o en los servicios de apoyo a la industria, siempre que se trate de autónomos/as o de pymes en alguna de las siguientes situaciones:
- Los/as autónomos/as que ejerzan una actividad empresarial o profesional de la que provengan más del 50% de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo, siempre que se justifique la contratación de otras personas que guarden lazos familiares con el/la titular de la misma hasta el grado de parentesco citado en el párrafo siguiente.
- Las pymes en las que un grupo familiar formado por personas físicas unidas por relación conyugal o personas ligadas con análoga relación de afectividad, parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, tengan conjuntamente una participación societaria de al menos un 50%, siempre que uno de los miembros del grupo familiar tenga una relación retribuida mediante pagos periódicos.
- Las pymes en las que una persona física sea titular de forma individual de una participación de al menos el 50% del capital social y tenga una relación retribuida mediante pagos periódicos.
Conceptos susceptibles de ayudas
Los gastos subvencionables serán los asociados a las siguientes actuaciones:
- Desarrollo de Planes Estratégicos Familiares: Se trata de proyectos consistentes en la realización de un diagnóstico previo y un plan de continuidad que contemple las condiciones para asegurar el relevo generacional de la empresa de ámbito familiar. Serán subvencionables los gastos de consultoría externa especializada para la elaboración del citado proyecto. Este asesoramiento deberá realizarse en dos fases:
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- Diagnóstico previo de la situación de la empresa desde una perspectiva económica, legal y de estructura del parentesco familiar.
- Elaboración de un plan de continuidad.
- Desarrollo de Planes de Profesionalización de la gestión de la empresa familiar: Se trata de planes que atienden al objetivo de generar valor, trascendencia en el tiempo y rentabilidad del negocio, promoviendo una cultura de mejora continua y desarrollo constante que proporcione a sus integrantes beneficios como planes de carrera, crecimiento profesional, realización, reconocimiento, seguridad a futuro y estabilidad.
Cuantía
La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos e inversiones subvencionables del proyecto será de hasta el 50% de los costes elegibles. No obstante, lo anterior, la ayuda máxima por proyecto será de 15.000 €.
Plazo
El plazo de presentación de las solicitudes será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Plazo ejecución: entre el 1 de enero de 2025 y los 6 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión.
Organismo responsable y contacto
Información adicional
Cada entidad solicitante podrá presentar como máximo una solicitud.
Documentos adjuntos