Subvenciones destinadas a paliar los efectos de la enfermedad hemorrágica epizoótica y a la prevención de la misma mediante la vacunación en Cantabria.
Organismo responsable
Dirección General de Ganadería
Objetivos
La finalidad de la concesión de estas ayudas es paliar los daños generados por esta enfermedad en las explotaciones ganaderas de la Comunidad Autónoma en una coyuntura especialmente desfavorable, buscando compensar las pérdidas por muerte y aminorando los gastos por tratamiento de los animales enfermos. Además, se incluyen los animales inaccesibles, muertos por la enfermedad. Asimismo, abarca la compra y aplicación de vacunas, según la pauta vacunal correspondiente.
Publicación BDNS
817053
Personas beneficiarias
1. Titulares de explotaciones notificadas por el veterinario clínico desde el 19 de agosto de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, con animales tratados y muertos por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) durante este periodo.
2. Titulares de explotaciones notificadas por el veterinario clínico entre el 5 de septiembre y el 31 de diciembre del año 2023, que hayan tenido animales muertos (incluidos los inaccesibles) por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) desde el 05 de septiembre del 2023 hasta el 18 agosto del 2024, siempre y cuando no hayan sido subvencionadas en convocatorias anteriores, considerados como secuelas de la enfermedad.
3. Titulares de explotaciones que hayan realizado la vacunación contra la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) durante el año 2024.
Conceptos susceptibles de ayudas
1. La muerte y tratamiento de bovino, ovino y caprino en explotaciones notificadas por el veterinario clínico desde el 19 de agosto de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE).
2. La muerte de bovino, ovino y caprino por la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) en explotaciones notificadas por el veterinario clínico, desde el 5 septiembre al 31 de diciembre del año 2023, cuando la muerte se haya producido entre el 05 de septiembre del 2023 y el 18 agosto del 2024, siempre y cuando no hayan sido subvencionadas en convocatorias anteriores, considerados como secuelas de la enfermedad.
3. La vacunación en explotaciones contra la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) durante el año 2024.
Cuantía
a) Muertes de bovino:
1. BOVINOS HASTA 2 MESES *
1.1 RAZAS DE APTITUD CARNICA 100 EUROS
1.2 RAZAS DE APTITUD LECHE 50 EUROS
2. BOVINOS DE MAS 2 MESES HASTA 18 MESES *
2.1 RAZAS DE APTITUD CARNICA 750 EUROS
2.2 RAZAS DE APTITUD LECHE 750 EUROS
3. BOVINOS DE MAS DE 18 MESES *
3.1 RAZAS DE APTITUD CARNICA 1.500 EUROS
3.2 RAZAS DE APTITUD LECHE 1.750 EUROS
3.3 SEMENTALES DE APTITUD CARNICA 2.000 EUROS
*La aptitud de cada raza es la indicada como uso productivo según el Catalogo Oficial de Razas del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Correctamente identificado en el documento de traslado de cadáveres.
b) Muertes de ovino y caprino:
1. OVINOS Y CAPRINOS HASTA 3 MESES * 70 EUROS
2. OVINOS Y CAPRINOS MAS DE 3 MESES * 140 EUROS
*Correctamente identifcado en el documento de traslado de cadáveres.
c) Un pago de 25 euros por animal afectado declarado en la explotación del foco notificado, cuya anotación conste en el libro de registro de tratamientos medicamentosos como tratamiento realizado para paliar esta enfermedad y cuyo crotal completo fgure en el certificado oficial del veterinario de la explotación.
d) Gastos de vacunación:
Un pago de 8 euros por bovino vacunado, calculado en base a los viales facturados en el caso de que la administración de la vacuna no haya sido realizada por veterinario y de 10 euros por bovino vacunado en el caso de la aplicación haya sido por un veterinario y así conste en el certificado exigido.
Se entenderá por animal vacunado: aquel animal que en el último año haya sido vacunado, y revacunado en el caso de la primovacunación, de acuerdo con las especificaciones de la vacuna, según la definición de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específcas de protección en relación con la lengua azul.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y comenzará el 27 de febrero de 2025.
Organismo responsable y contacto
Documentos adjuntos