Ayudas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA 2021-2027).

Modalidades: a) Inversiones dirigidas a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos de acuerdo con el artículo 2, apartado 2, del Reglamento 1380/2013. b) Inversiones en eficiencia energética y mitigación del cambio climático sin incremento de capacidad o arqueo bruto (optimización del uso de la energía de los buques para contribuir a la mitigación del cambio climático reduciendo sus emisiones y el consumo de combustibles). c) Inversiones en eficiencia energética con aumento de capacidad (mejorar la eficiencia energética mediante operaciones que aumentan el arqueo bruto de un buque pesquero). d) Inversiones en mejoras de las condiciones laborales y de seguridad a bordo sin aumento de capacidad (mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores y trabajadores, fomentando así el relevo generacional y el desarrollo profesional). e) Inversiones en mejoras de las condiciones laborales y de seguridad a bordo con aumento de capacidad (apoyar operaciones que mejoren la seguridad y las condiciones de trabajo aumentando el arqueo bruto de un buque pesquero). f) Motores: sustitución o modernización de un motor principal o auxiliar de un buque de pesca de hasta 24 metros de eslora total.

2025-02-25T12:56:25+01:0023 de enero de 2025|

Ayudas para la realización de giras en materia musical para profesionales

Para la realización de giras en materia musical es necesario que la gira programe un mínimo de cuatro representaciones en Cantabria y un mínimo de una representación en una Comunidad Autónoma distinta a Cantabria o bien en otros países. El número de proyectos a subvencionar se limita a uno por peticionario, por lo que sólo se podrán presentar una única solicitud a esta convocatoria, en el caso de que se presenten más solicitudes se entenderá como válida la última solicitud presentada.

2025-02-25T12:46:41+01:0023 de enero de 2025|

Ayudas a galerías de arte para la presencia en ferias fuera de Cantabria

Solo se subvencionará la participación de Galerías de arte en ferias de arte celebradas fuera del ámbito territorial de Cantabria. En ningún caso será objeto de esta subvención la organización de ferias de arte. A los efectos de esta convocatoria se entienden como galería de arte las personas físicas o jurídicas que tengan como actividad principal la exposición abierta al público de obras de arte con una finalidad comercial. El número de proyectos a subvencionar se limita a 5 por peticionario, por lo que se deberán presentar 5 solicitudes distintas.

2025-02-25T12:50:27+01:0023 de enero de 2025|

Ayudas para la producción y edición audiovisual para profesionales

El número de proyectos a subvencionar se limita a uno por beneficiario por lo que solo se podrá presentar una solicitud. En caso de que se presenten más solicitudes se considerarán válidamente presentada la que lo haya sido en último lugar. Para poder tener la condición de beneficiario deberá el peticionario estar inscripto en el registro administrativo de empresas audiovisuales y cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Visuales del Ministerio de Cultura y Deporte, como empresa productora de cinematografía (sección primera).

2025-02-25T12:58:06+01:0023 de enero de 2025|

Ayudas al cine, tanto de producción como de desarrollo de largometrajes y series audiovisuales

Las obras audiovisuales deberán reunir la condición de largometrajes o series de televisión (de ficción, documental o animación): - Por largometraje cinematográfico de ficción, documental o animación se entiende toda obra audiovisual fijada en cualquier medio o soporte, en cuya elaboración quede definida la labor de creación, producción, montaje y postproducción y que esté destinada, en primer término, a su explotación comercial en salas de cine y cuya duración sea superior a 60 minutos. - Por series de televisión se entiende la obra audiovisual formada por un conjunto de episodios de ficción, animación o documental con o sin título genérico común, destinada a ser emitida o radiodifundida por operadores de televisión de forma sucesiva y continuada, pudiendo cada episodio corresponder a una unidad narrativa o tener continuación en el episodio siguiente. La suma de la duración de estos episodios deberá dar como resultado al menos 180 minutos. Deberán reunir los requisitos necesarios para la obtención del certificado de nacionalidad española del Instituto de las Artes Audiovisuales y Cinematográficas del Ministerio de Cultura y Deporte (ICAA). Deberán contar como mínimo en dos de los seis puestos siguientes, con al menos una persona que tenga su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Cantabria: producción, dirección, guion, composición de música original, dirección de fotografía y jefatura de montaje. En el caso de obras de animación, los proyectos deberán contar como mínimo en dos de los seis puestos siguientes, con al menos una persona que tenga su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Cantabria: producción, dirección, guion, composición de música original, dirección de animación y dirección de arte.

2025-02-25T12:54:42+01:0023 de enero de 2025|
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