Ayudas para la promoción de razas puras de ganado bovino de carne
Podrán recibir esta ayuda las explotaciones recríen e inscriban en Libro Genealógico correspondiente un número de hembras que supere la "tasa de reposición estimada”, siempre y cuando se trate de razas incluidas en el catálogo oficial de razas ganaderas de España con asociación reconocida en Cantabria y realicen un programa de mejora reconocido oficialmente. Además, solo podrán ser subvencionables los animales que se hallen inscritos en RIIA (Registro General de Identificación Individual de Animales).
Ayudas para a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de vacuno de alta montaña y zonas con especial dificultad en Cantabria
Registro de los correspondientes contratos con los productores en la aplicación de la AICA, adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Declaración mensual de leche recogida en la AICA y trazabilidad en LETRAQ en plazo. Mantener las recogidas en las explotaciones por las que solicita la ayuda, durante todo el periodo de vigencia del contrato. Esta obligación no será exigible en aquellos casos en los que la causa del cese de la recogida de leche en una explotación no sea atribuible a la empresa solicitante (jubilación o fallecimiento del titular de la explotación, vaciado sanitario o, en general, cuando la causa sea atribuible al titular de la explotación). El solicitante deberá comunicar, siempre antes de la fnalización del plazo de resolución de la ayuda, los productores por los que solicita ayuda a los cuales ha dejado de recoger, y su motivación.
Ayudas producción y comercialización de la miel
Se trata de una ayuda en régimen de concurrencia competitiva destinada para mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en Cantabria.
Ayudas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA 2021-2027).
Modalidades: a) Inversiones dirigidas a reducir el impacto de la pesca en el medio marino, apoyar la eliminación gradual de los descartes y facilitar la transición a una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos de acuerdo con el artículo 2, apartado 2, del Reglamento 1380/2013. b) Inversiones en eficiencia energética y mitigación del cambio climático sin incremento de capacidad o arqueo bruto (optimización del uso de la energía de los buques para contribuir a la mitigación del cambio climático reduciendo sus emisiones y el consumo de combustibles). c) Inversiones en eficiencia energética con aumento de capacidad (mejorar la eficiencia energética mediante operaciones que aumentan el arqueo bruto de un buque pesquero). d) Inversiones en mejoras de las condiciones laborales y de seguridad a bordo sin aumento de capacidad (mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores y trabajadores, fomentando así el relevo generacional y el desarrollo profesional). e) Inversiones en mejoras de las condiciones laborales y de seguridad a bordo con aumento de capacidad (apoyar operaciones que mejoren la seguridad y las condiciones de trabajo aumentando el arqueo bruto de un buque pesquero). f) Motores: sustitución o modernización de un motor principal o auxiliar de un buque de pesca de hasta 24 metros de eslora total.
Ayudas a Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas (C14.I4, línea de actuación 2), del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específcos que se establecen para cada una de ellas en el anexo I: 1º Mejora de la efciencia energética de la envolvente térmica. 2º Mejora de la efciencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas, reguladas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edifcios (RITE). 2.1. Sustitución de energía convencional por energía solar térmica 2.2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica. 2.3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas 2.4. Mejora de la efciencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las anteriores 3º Mejora de la efciencia energética de las instalaciones de iluminación. 4º Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta efciencia con etiquetado energético. 5º Mejora de la efciencia energética de las instalaciones frigorífcas, reguladas por el Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigorífcas. (RSIF) 6º Sistemas de automatización y control. 7º Mejora de gestión de residuos. 8º Mejora de la efciencia energética en electrodomésticos. Los propietarios de edifcios existentes destinados a establecimiento turístico únicamente podrán solicitar subvención para las actuaciones subvencionables tipo 1 ? mejora de la efciencia energética de la envolvente térmica -, tipo 2 - mejora de la efciencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas, reguladas por el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edifcios (RITE) ? (incluidas las subtipologías 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4), tipo 3 - Mejora de la efciencia energética de las instalaciones de iluminación - y tipo 7 - Mejora de gestión de residuos -, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo tercero de la presente orden.

