Subvenciones destinadas a empresas turísticas para inversiones en alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares, campamentos de turismo, agencias de viaje, centrales de reserva, organización profesional de congresos y empresas de turismo activo de Cantabria

La inversión subvencionada se ha de acometer en el plazo máximo de los dos años anteriores a la fnalización del plazo de presentación de solicitudes, y en todo caso, en el plazo que establezca la respectiva convocatoria y se ha de pagar con anterioridad a la fnalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre y cuando los gastos no hayan sido subvencionados en la convocatoria del ejercicio anterior.

2025-02-25T13:20:37+01:0023 de enero de 2025|
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